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Jul

2021

Abuso patrimonial de adultos mayores: Una realidad oculta que debe denunciarse

La entrega de bonos y de ingresos familiares de emergencia, a causa de la pandemia, fue una buena noticia para muchos, pero también mostró una cara negativa con casos de despojo a las personas mayores más vulnerables. El abuso patrimonial, económico o financiero contra este grupo etario pocas veces se denuncia, según Senama, pero es una cruel realidad que debe llamarnos a actuar.

Por María Teresa Villafrade

“A lo largo de estos siete años que llevo trabajando en el Programa de Atención Domiciliaria para Adultos Mayores (PADAM) del Hogar de Cristo he visto distintos tipos de abusos”, señala la terapeuta ocupacional Viviana Carrasco, jefa de dos Programas de Atención Domiciliario para Adultos Mayores (PADAM): uno en San Bernardo, que atiende a 30 personas mayores vulnerables y otro, en Puente Alto, que acompaña a 60. Ella cuenta: “Hace poco vimos un caso específico de abandono y negligencia y luego de abuso patrimonial. La mujer de poco más de 75 años estaba en buenas condiciones para hacer su vida autónoma, sin embargo, su hija la dejaba encerrada con llave por temor a que se perdiera y, de la reja para afuera, ella no podía salir. Las compras las debía encargar al negocio de un vecino, quien le pasaba todo a través de la reja”.

Frente a esta lamentable situación, se alertó a todas las instancias correspondientes y la oficina de protección al adulto mayor de la Municipalidad de San Bernardo hizo una denuncia a través del área jurídica ante el Tribunal de Familia.

“El objetivo era que ella pudiera recuperar la llave de su vivienda y su vida, pues tenía todas las condiciones para hacerlo. Pero el tribunal decidió que la hija era la que debía hacerse cargo y hacer lo que estimara conveniente con esta adulta mayor. Ahora la señora fue trasladada a la Quinta Región, la sacaron de su casa, y no supimos más de ella”, cuenta la profesional dando luces sobre lo complejo que es hacer valer ante la justicia la Ley 20.427 que modificó la número 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar e incluyó en 2010 el maltrato a los adultos mayores sumando, entre otras causas, el abuso patrimonial.

Viviana Carrasco atribuye este problema a la falta de capacitación de los Tribunales de Familia que no han ido a la par con lo que se requiere en estos tiempos. Agrega que con la población altamente vulnerable con la cual ella y su equipo trabajan “sólo nos queda acudir a las corporaciones judiciales donde están los estudiantes de leyes, pero ellos van rotando y es complejo acceder a apoyo legal para representar la causa”, precisa.

LA CULPA DE UN MAL PADRE

Otra complicación que ha visto en este tema es que a veces la misma persona mayor acepta el abuso patrimonial. “Tenemos un caso en que el adulto mayor vive relegado al fondo del patio en una pieza en precaria condición, mientras que sus hijos ocupan su vivienda en un estado mucho más digno que él. Sin embargo, él no quiere recuperar su casa porque dice que fue un mal padre, lo ve como una forma de pagar su culpa, pero para nosotros es un abuso patrimonial”.

Hay otras situaciones en que la persona mayor no está consciente del abuso. Da como ejemplo el de la adulta mayor que le dio poder a su vecina para cobrarle siempre la pensión. “Se ganan la confianza y después abusan, porque si hay un bono o un ingreso extra como el IFE, el dinero no llega siempre a sus manos”, relata.

Margarita Rojas, trabajadora social de la Residencia Adulto Mayor de Hogar de Cristo en Recoleta, cuenta que con el retiro del 10% y los bonos IFE se empezó a notar un cambio en las familias de adultos mayores que estaban prácticamente en abandono, pero “de repente empezaron a aparecer parientes que no conocíamos ni de los cuales sabíamos nada”, dice.

Antes de la pandemia, se daban situaciones de personas que venían para hacer firmar al adulto mayor sobre posesiones efectivas u otros temas de carácter monetario. “Nosotras estábamos siempre bien atentas y, como medida de prevención, se prohibió que durante los fines de semana los residentes firmaran documentos y las visitas debían hacerse en espacios comunes. Nosotros podemos advertir a las personas mayores que tienen bien sus facultades cognitivas, pero al final prima su autonomía y, si quieren dar su firma, ya nada podemos hacer. Hacemos, eso sí, que quede un respaldo en un documento, más allá de eso. no podemos hacer mucho”, explica Margarita.

Con las restricciones que la pandemia significó, las visitas deben ser programadas. “Yo creo que en cuanto a las denuncias por abuso patrimonial es complejo porque se trata de algo mucho más sutil. Creo que se ha ido avanzando, con medidas como el Fono Mayor, del Senama, el Defensor Mayor y la creación de las Oficinas de Defensa Jurídica Integral para Adultos Mayores (ODAM) de la Corporación de Asistencia Judicial. Se canalizan muchas denuncias a través de estos medios”.

Efectivamente, el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) en su resumen estadístico del 2020 denunció que las situaciones de abandono y maltrato aumentaron en un 35% subiendo a 5.771 las denuncias de este tipo, afectando en un 63% a las mujeres y en un 37% a los hombres, con las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío a la cabeza del ranking.

Si bien, la mayoría de las denuncias están relacionadas con violencia intrafamiliar y maltrato (1.404), abandono social (428) y temas de asesoría legal (1.458) en cada una de estas categorías se aprecian situaciones que tienen que ver con abuso patrimonial. Máximo Caballero Astudillo, Encargado Nacional de la Unidad de Derechos Humanos y Buen Trato, del Senama, explica:

“El abuso patrimonial no existe como figura delito, que es mal uso, explotación, es un concepto que nosotros usamos pero en la práctica el abuso patrimonial se configura a través de distintos delitos económicos: estafa, apropiación indebida, defraudación, el cuento del tío, compra-venta ficticia, por ejemplo, se da en casos de personas mayores que no saben leer y escribir y usan su huella dactilar”.

Al revisar cada categoría, se pudo contabilizar un total de 385 casos de abuso patrimonial, lo que no deja de ser preocupante. “En el marco de la pandemia, pasó mucho que se abusada con el tema de las ayudas estatales que recibieron los adultos mayores y con las pensiones, hay un apoderado o un tercero que cobra y no necesariamente ese recurso económico va directo a la persona mayor”, agrega el trabajador social.

“Soy bien honesto, no todo esto se denuncia lamentablemente, es un problema muy invisibilizado aunque sí yo puedo decir que hoy las personas mayores se atreven más que antes a denunciar”.

Cuenta que en 2012 al partir como programa Contra la Violencia y el Abuso (que hoy se llama Buen Trato), a nivel nacional llegaban no más de mil casos al año. En cambio, el 2020 con la pandemia, se recibieron más de 5 mil casos de maltrato, “la cifra más alta en nuestra historia”.

Agrega otro dato relevante que tiene que ver con el abandono social de las personas mayores que primera vez fueron 428 casos, a nivel nacional. “Estos casos son los que nos llegan a nosotros, probablemente las cifras de Carabineros, PDI, Tribunales de Familia, Poder Judicial sean más grandes, porque SENAMA no es un ente que recibe denuncias, no tenemos esa característica jurídico legal, generamos un trabajo de coordinación y articulación”, explica Máximo Caballero.

A través de tres canales de atención: Fono Mayor (800 400 035), plataforma web y presencial, se reciben los casos y también mediante el gabinete de la Primera Dama, ministros y directores, al Senama llega todo lo que son temas vinculados con maltrato, violencia o abusos hacia las personas mayores.

-¿Qué pasa con los Tribunales de Familia? ¿Están capacitados para atender estas denuncias de abuso patrimonial?

-En los últimos años se han ido poniendo más a tono, pero nosotros tenemos un problema que es más macro y que ustedes como fundación lo conocen: Chile no tiene un sistema de protección legal al adulto mayor. Así como sí existe un sistema de protección a la infancia. Entonces el Tribunal de Familia no tiene muchas herramientas, aunque hay más que antes: la ley 20.427 que introduce el maltrato al adulto mayor en el ámbito de violencia intrafamiliar, donde el juez puede ordenar medidas cautelares, es de 2010 y todavía falta. Hoy contamos con la Convención Interamericana de Protección de Adultos mayores que Chile ratificó en octubre de 2017, es una normativa que como tratado se está avanzando porque lo que hace es garantizar 27 derechos: cuidados, salud, cuidados de largo plazo, acceso a la justicia, vivienda, entre otros derechos emergentes como autonomía, independencia, dignidad en la vejez, participación comunitaria. Pero al no tener un marco jurídico de protección el problema es muy complejo porque tampoco hay más dispositivos y recursos.

 

INTERDICCIÓN

Máximo Caballero explica que el Poder Judicial, recientemente en abril de este año elaboró el primer protocolo de acceso a la justicia para personas mayores, una guía dirigida a jueces y juezas que proporciona reglas de actuación y mecanismos de tutela efectiva para asegurar una mayor protección de los derechos de las personas mayores en el acceso a la justicia, garantizando el principio de igualdad y de la no discriminación en razón de la edad.

Pero, pese a todos los avances, Chile es un país que envejece a pasos acelerados y, a su juicio, “no se trata de llenar con leyes, con más residencias ELEAM, con dispositivos, si el trato al adulto mayor sigue siendo tan peyorativo y discriminador. Tenemos más que hace 10 o 15 años, sí. Senama tiene 18 años recién, pero todavía queda un camino largo. Por eso promovemos las ciudades amigables y estamos haciendo cosas muy interesantes con la OMS, pero esto no es sólo Senama, el Estado sí tiene un rol importante pero la sociedad en su conjunto también, porque se sigue viendo el envejecimiento muy desde lo negativo, de la enfermedad, del gasto público, del cuidado y la dependencia que es algo muy caro”.

-Hace poco, el Premio Nacional de Ciencias Exactas, Miguel Kiwi, contó que en una notaría le habían pedido un certificado del siquiatra para poder hacer un mandato, porque tenía más de 75 años… ¿qué le parece?

-Es vulnerador, no corresponde. Hay un recurso que no es tan conocido, pero se puede ocupar en ese ejemplo concreto de la notaría cuando les piden certificado de idoneidad mental, que no corresponde. Dado que igual ocurre, en términos de justicia civil se puede ocupar la Ley por Discriminación, más conocida como Ley Zamudio. Hace poco supimos de un caso similar de una señora de 80 años a la que le piden el certificado de sanidad mental en una notaría e hicimos una presentación en los medios, porque estamos en contra. Legalmente, en Chile, cualquier persona que no sea declarada interdicta es capaz ante la ley. El problema que tenemos en Chile a ciertos hijos, nietos, familiares, vecinos, amigos, parientes, que lo ocupan como herramienta para amedrentar cuando hay bienes, como una casa, una vivienda, esto de decirles que ya no puedes hacer trámite porque tienes 80, 90, pero no es así. Mientras la persona no haya sido declarada interdicta, que es un trámite que se hace en tribunal civil y no en el de familia, la persona puede hacer todos los trámites que quiera.

PD: Las fotos son de archivo y a modo de referencia. No corresponden a ningún caso aquí descrito.

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